ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR AUTORIZACIÓN TEMPORAL DE ACTIVIDAD COMERCIAL DE AMARRES PARA EMBARCACIONES DESTINADAS A ALQUILER Y ACTIVIDADES ACUÁTICAS EN LOS PUERTOS DE GESTIÓN DIRECTA
Se ha abierto el plazo para solicitar las nuevas autorizaciones temporales para embarcaciones dedicadas al alquiler y actividades acuáticas en el dominio público portuario, en vigor durante el año 2025, siempre que estén al corriente de pago de las tasas correspondientes y no hayan incumplido las condiciones de la autorización, podrán solicitar una nueva para un plazo máximo de un año que tendrá carácter preferente por el lugar de amarre o espacio ocupado el año anterior.
El plazo finalizará el 31 de diciembre de 2025.
Las solicitudes están disponibles en la sede electrónica de PORTSIB (https://portsib.sedelectronica.es/).
Recordamos que, si no se solicita dicha renovación o bien se hace con posterioridad al 31 de diciembre de 2025, se perderá el carácter preferente de su solicitud para el lugar de amarre o espacio ocupado el año anterior y la explotación del amarre será otorgada mediante concurso público.
Así mismo, según el art. 68.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, si presenta su solicitud presencialmente, las Administraciones Públicas requerirán al interesado para que subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.