Formas de acceder a las rampas de «Gestión Directa» de PortsIB.
En las rampas de nuestros puertos se ha instalado, para su control, un sistema de lector de matrículas para los vehículos que accedan a los mismos.
Por este motivo, es OBLIGATORIO que los usuarios de nuestras rampas dispongan de autorización, ya sea por 1, 2, 3 o 4 años para el uso de las rampas en vigor o, en su defecto, que hayan abonado previamente en la oficina del puerto de su interés y para su uso, el importe correspondiente a 1 día. En el caso de la rampa de s’Estanyol, deben dirigirse al puerto de la Colònia de Sant Jordi y en la de Es Barcarès, al puerto de Pollença.
Las únicas rampas con barrera y por las que necesitan, una vez autorizados, el uso de una tarjeta física, la cual se entrega en la oficina correspondiente, son las de la Colònia de Sant Jordi, Cala Bona y Cala Rajada.
ACLARACIÓN: hasta no recibir la autorización correspondiente a su petición realizada en PortsIB para un año o más, no pueden hacer uso de las rampas. En las peticiones telemáticas, recibirán la autorización de la misma manera y en las peticiones registradas físicamente, recibirán carta certificada.
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