El plazo estará abierto desde el 1 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre.
El próximo día 1 de octubre de 2021, se abre el plazo para solicitar las nuevas autorizaciones temporales para embarcaciones dedicadas al servicio de transporte marítimo de pasajeros con finalidad turística o recreativa (amarre y/o de embarque y desembarque de pasajeros, etc.), para el alquiler de embarcaciones y actividades acuáticas, y otras actividades comerciales en el dominio público portuario, en vigor durante el año 2021, siempre que estén al corriente de pago de las tasas correspondientes y no hayan incumplido las condiciones de la autorización, podrán solicitar una nueva para un plazo máximo de un año que tendrá carácter preferente por el lugar de amarre o espacio ocupado el año anterior.
El plazo finalizará el 31 de diciembre de 2021.
Las solicitudes estarán disponibles en la sede electrónica de PORTSIB (https://portsib.sedelectronica.es/).
Recordamos que, si no se solicita dicha renovación o bien se hace con posterioridad al 31 de diciembre de 2021, se perderá el carácter preferente de su solicitud para el lugar de amarre o espacio ocupado el año anterior.
Así mismo, según el art. 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, si presenta su solicitud presencialmente, las Administraciones Públicas requerirán al interesado para que subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Por otro lado, Ports IB también quiere comunicar que el próximo día 1 de enero de 2022, se abre el plazo para solicitar las nuevas autorizaciones temporales para embarcaciones dedicadas al servicio de transporte marítimo de pasajeros con finalidad turística o recreativa (amarre y/o de embarque y desembarque de pasajeros, etc.), para el alquiler de embarcaciones y actividades acuáticas, y otras actividades comerciales en el dominio público portuario, para aquellas personas físicas o jurídicas que no hayan sido titulares de una autorización de las mencionadas durante el año anterior, pero estén interesadas en obtener una.
El plazo finalizará el 31 de enero de 2022.
Las solicitudes estarán disponibles en la sede electrónica de PORTSIB (https://portsib.sedelectronica.es/).
Así mismo, según el art. 68.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, si presenta su solicitud presencialmente, las Administraciones Públicas requerirán al interesado para que subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.